viernes, 20 de febrero de 2009

Leer la Constitución

  1. Hace algunos años tuve una discusión con Isidro Pedraza. Afirmaba él que no existía “el problema indígena” y lo quería reducir a “el problema campesino”. Después de 1994 ya no es necesaria esta discusión, su organización, que entonces era la UNTA, se convirtió en la Unidad de Fuerza Indígena y Campesina (UFIC). El levantamiento zapatista tuvo la virtud de descubrir que los pueblos indígenas no han desaparecido a los mexicanos en general y a las organizaciones, por más coorporativos o testarudos que fueran sus dirigentes, lo mismo que a partidos y autoridades.
  2. Proposición descabellada, el actual alcalde de Ixmiquilpan afirmó que él va aplicar la Ley. Ya no será necesario señalarlo como delincuente electoral. Celebremos todos juntos hoy el regreso del hijo prodigo, que abandona el camino de las despensas y la compra del voto para volver al redil de la Constitución, el cual lamentablemente había abandonado. El problema es que el señor Lugo habla de la ley en contraposición total con los usos y costumbres de los pueblos indígenas.
  3. No es de que alguien le haya tomado el pelo, parece más que Don Heriberto Lugo parece no ha leído la Constitución. Los usos y costumbres no están por fuera de la Ley.
  4. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en sus artículos primero y segundo el carácter pluricultural de la nación y el derecho a la autonomía de los pueblos indígenas.
  5. La Constitución obliga a los estados a legislar para reconocer ese derecho, lo que no se ha realizado, cuando más que era un compromiso del estado mexicano después del levantamiento zapatista. Ese compromiso está inconcluso y, los esfuerzos por llevar a la discusión el tema en el estado por la cámara de diputados local serán carentes de interés si no se compromete el cambio constitucional con la autonomía y el respeto de los usos y costumbres.
  6. El tema no es fácil, la Constitución manda respetear los usos y costumbres, y el texto constitucional de por sí ya cuestionado por su limitación, obliga a que la aplicación de la Ley respete las especificidades culturales y los usos y costumbres. Eso no se respeta en la Constitución local, ni en la legislación ni en la practica de la justicia en Hidalgo.
  7. El que hoy intenta dirigir los destinos de los ixmiquilpenses mientras fue oposición propició el conflicto entre católicos y evangélicos en la comunidad de San Nicolás (¿Como se comportará como gobierno?).
  8. El ejemplo es claro para discutir sobre los usos y costumbres, puesto que en ellos se reconoce el derecho de la comunidad, que en este caso no se contrapone frente al derecho individual, sino al derecho de una comunidad dentro de la comunidad. Podríamos discutir aquí sobre el conflicto enunciado en el texto constitucional, pero nos alejaríamos del tema de este artículo.
  9. Las comunidades indígenas han resistido durante más de 500 años Conquista, Colonia, Porfiriato y Partido de Estado. Hoy se pretende derrotarlas por los afanes autoritarios de los gobiernos locales. El verdadero tema es la ambición y el uso faccioso de la Ley, la cual es el “último refugio del pillo y del incompetente”; esta frase utilizada hasta la saciedad, sólo indica que sin un análisis serio de la realidad y la solución de sus problemas la ley se convierte en una fórmula autoritaria. La ley sólo puede perdurar porque implica un pacto, el consenso de la sociedad, ésta embestida destruye ese consenso. Pobres, ahora quieren a los indígenas obedientes. ¡Que aplique la Ley Don Heriberto, pero primero que la lea!

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